Actualmente está vigente la opción de adhesión al régimen simplificado del impuesto a las ganancias para personas humanas. Pero ¿Cuál es su significado?
Históricamente al momento del vencimiento (y de manera obligatoria); el contribuyente inscripto en este impuesto tenía que presentar un resumen de sus ventas y gastos anuales, los cuales tenían que tener una relación con su aumento o disminución patrimonial (bienes registrables, cuentas bancarias, plazos fijos, inversiones, créditos, deudas, gastos personales etc.) y de manera conclusa tener una consistencia entre la ganancias que declaró y su patrimonio.
Desde que se introduce este régimen simplificado el contribuyente va a pagar el impuesto solo por su ganancia anual en la actividad económica pero no va a tener que informar ni explicar su variación patrimonial. La pregunta es, ¿Esto lo deja liberado de cualquier explicación? Y la respuesta es NO. El hecho que adhiriendo a este régimen no sea obligatorio informarlo en la declaración jurada no quiere decir que cualquier aumento patrimonial sin justificar no pague impuestos, porque así lo dice la ley de procedimiento tributario.
ARCA sigue teniendo la potestad de verificar y fiscalizar por más que no sea obligatorio informarlo en la declaración jurada y tiene un período de prescripción de hasta 5 años.
Por lo tanto es importante tener mucho cuidado con eso, y permanecer atentos a la reforma tributaria porque hasta que eso no se modifique con una ley, un decreto no es más importante.
Como estudio contable recomendamos adherir a este régimen pero no dejar de controlar que la relación entre la ganancia anual y la variación patrimonial pueda justificarse.
La reforma tributaria viene con muchos rumores, quita del impuesto a los débitos y créditos, reducción o quita al impuesto a los ingresos brutos, un súper IVA, menos control en ganancias etc.
De todas formas siempre recomendamos leer la letra chica de las normas y asesorarse con un profesional porque si hay una realidad, hoy ARCA necesita recaudar más que nunca y está iniciando juicios de ejecución fiscal con embargos en cuentas bancarias y bienes en tiempo record.
Veremos qué es lo que se viene y como se presenta, pero nuestra recomendación es seguir atentos y mantener una relación consistente entre los ingresos, gastos y variaciones patrimoniales.
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